Inscribirse como Pareja de Hecho en Madrid

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¿Qué es hacerse pareja de hecho?

La pareja de hecho es un acuerdo de convivencia que puede ser llevada a cabo entre personas de diferentes o del mismo sexo, con intereses en común y el deseo de llevar una convivencia familiar.
En España no existe ninguna regulación formal con respecto a este tema; no obstante, algunas Comunidades Autónomas, tal es el caso de Andalucía, Canarias, País Vasco, Valencia, Galicia, Extremadura y Cataluña, han regulado su propia ley sobre este tipo de uniones. En Castilla-La Mancha y Castilla- León no hay ninguna ley específica, pero se contempla la inscripción de las parejas de hecho.
Dado que no existe un registro a nivel nacional que reúna los derechos de estas uniones, es posible que una persona pueda tener más de una pareja de hecho, dependiendo de su residencia.

Si quieres que te ayudemos con la documentación y requisitos necesarios para el registro de pareja de hecho en Madrid, consúltanos.

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Registro de la pareja de hecho

Uno de los aspectos más importante para hacerse pareja de hecho, es la legislación que esté vigente en tu lugar de residencia.
Para hacer formal este acuerdo de convivencia, por ejemplo, la pareja debe cumplir con todos los requisitos de la Solicitud de Registro de una Unión de Hecho en Madrid y presentarla con toda la documentación necesaria, dicha inscripción debe llevarse a cabo en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid.
Los requisitos de parejas de hecho son lo siguientes:

El coste de la inscripción para parejas de hecho es de 82,12 euros. Si vives en Madrid, el pago se realiza a través de las agencias de depósito de la Comunidad de Madrid, el cual recomendamos hacerlo entre 2 y 7 días previos a la inscripción.

Pareja de hecho entre un ciudadano español y un extranjero

Un nacional español puede formar una relación de hecho con cualquier extranjero sin ningún tipo de obstáculo.  La legislación española vigente permite que un nacional español establezca una relación de hecho con un extranjero que resida actualmente en España.
Los derechos con los que contarán son los mismos que los del matrimonio, teniendo los mismos beneficios y obligaciones que cualquier pareja casada.

Los trámites de pareja de hecho para el caso de un nacional español y un extranjero son los mismos, aunque hay ocasiones donde se les exige aportar pruebas, donde se demuestre la convivencia continuada en el mismo domicilio por un tiempo mínimo de un año.

Ventajas de hacerse pareja de hecho

Entre los beneficios con los que cuenta una pareja de hecho formada por un español y un extranjero están: permisos laborales retribuidos, asistencia sanitaria y subvenciones, becas y ayudas.

El tema que suele ser de gran interés es la Residencia en España. Por supuesto que se puede conseguir a través de la inscripción de pareja de hecho, especialmente si la pareja es un extranjero que se encuentra en una situación irregular.

Pero no todo es tan sencillo, el vínculo debe durar mínimo 3 años, donde se demuestre al menos un período de convivencia conjunta de al menos 12 meses.

En este caso, el ciudadano no europeo podrá continuar con su tarjeta de residencia por los siguientes 5 años; una vez terminado, podrá solicitar su residencia permanente.

Si una pareja no permanece unida durante el tiempo señalado, el vínculo jurídico se rompe, por lo que los ciudadanos extracomunitarios pierden el derecho a residir y trabajar legalmente en el país.

Anulación de la pareja de hecho

Es fácil obtener una anulación de la pareja de hecho, simplemente presentando una petición que establezca que ya no viven juntos, ya sea por consentimiento mutuo o por decisión de una de las partes.

Para el caso de Madrid, se toma como causas de disolución:

  • Muerte o declaración de uno de los miembros de la unión.
  • Separación por más de 6 meses.
  • Por matrimonio de uno de los miembros.
  • Si ambos o el único miembro empadronado se mudase de la Comunidad de Madrid.

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