Nacionalidad Española

¿Qué es la jura de nacionalidad?

La jura de nacionalidad es un acto formal y obligatorio (rápido y sencillo) que se inicia una vez recibimos la resolución favorable conforme nos han aprobado la nacionalidad por residencia.

La jura se pueda hacer ante notario o registro civil, podemos elegir.
Una vez que hagamos la jura es en ese momento en el que realicemos por primera vez nuestra inscripción de nacimiento en España y renunciemos a nuestra nacionalidad original para pasar a tener la española (a menos que por convenio podamos tener doble nacionalidad, como en el casos de muchos países iberoamericanos).

¿Qué diferencia hay entre jura de nacionalidad y promesa?

Existen dos maneras distintas de hacerlo: puedes jurar ese respeto, o prometerlo. ¿Cuál es la diferencia?
Tienen la misma validez.
La única diferencia es que la jura tiene una connotación religiosa, mientras que la promesa no. Y ese será el doble camino que deberás escoger el día de la cita.

Cita Para Jura De Nacionalidad española

La cita para jura de nacionalidad podríamos decir que es la última fase del proceso de consecución de la nacionalidad en España en la que el extranjero jura o promete su respeto a la constitución española, al rey y al ordenamiento jurídico.

¿Cuánto tiempo tengo para realizar La Jura de Nacionalidad?

180 días para solicitar y tener cita, no para haber completado la jura.

Una vez te concedan la nacionalidad española y recibas la notificación dispondrás de un plazo máximo de 6 meses para realizar este trámite (pedir cita con el Registro Civil, o ante notario).

Importante que tengas en cuenta que únicamente puedes pedir cita para la jura una vez tengas la resolución favorable en papel físico. Es decir, por más que en veas en COMO VA LO MIO, un estado favorable, eso no es suficiente y no te serviría para avanzar. Deberás esperar a recibir el documento en tu domicilio o descargarlo de la página de la carpeta de ciudadanos.

Así que no lo dejes pasar y pide la cita lo antes posible, ya que si se te olvida hacerlo a tiempo tu expediente quedará archivado y perderás la posibilidad de ser ciudadano/a español.

No obstante, son 180 días
¿Pasaría algo? No. En la mayoría de los casos con la cita es suficiente.
No obstante, te recomendamos que si te dan cita para una fecha posterior al fin del plazo estipulado, solicites la suspensión de plazos y lo presentes al registro civil (algo que es fácil y a coste 0). De este modo evitarás cualquier tipo de problema legal al 100%.

Y recuerda que siempre puedes acudir a los servicios profesionales de los abogados de extranjería para aclararte las dudas que tengas sobre tu expediente o procedimiento de extranjería.

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