Solicitud de Arraigo en España
¡CONSULTA SIN COMPROMISO!
Lo que necesitas saber sobre la solicitud de arraigo
La solicitud del arraigo es una de las vías más frecuentes para poder acceder al permiso de residencia en España y consiste en la autorización de residencia por circunstancias excepcionales.
Estas solicitudes las realizan los extranjeros que permanecen en una situación irregular en España (sin ningún tipo de residencia o autorización de estancia).
El más habitual es el arraigo social que se concede al extranjero que lleva viviendo de manera irregular en España durante tres años, que además ha conseguido una oferta laboral y que dispone de un informe de integración social o algún lazo con algún familiar en nuestro país.
Y si necesitas un abogado de extranjería para ayudarte con tus trámites y para asesorarte, solicita una cita a través del formulario o llámanos al 665 171 593 y estaremos encantados de atenderte.
Concertar una cita
Requisitos para obtener la Residencia Española por Arraigo:
A continuación, podrás encontrar los requisitos esenciales que todo extranjero debe tener para solicitar la residencia por arraigo por razones humanitarias:
- El extranjero que lo solicite no podrá ser residente de ningún país de la Unión Europea, ni tampoco del E.E.E. (Espacio Económico Europeo) ni de Suiza. Cabe especial importancia resaltar que tampoco entran en esta solicitud de residencia los familiares de residentes a los que se le pueda aplicar el régimen de ciudadano de la Unión.
- Tiene que carecer de Antecedentes Penales tanto en el territorio español como en el país de origen.
- Ni aparecer en la lista de rechazables ni tener prohibido entrar en el territorio de España, ni tampoco con los países con los que España haya firmado acuerdo en este sentido.
- El extranjero no puede encontrarse en un plazo de responsabilidad de no retorno al territorio español, para los casos en los que vuelven de forma voluntaria a su país de origen.
Así mismo, en ciertos casos habrá que fundamentar ciertos escenarios:
- Si uno es víctima de los delitos tipificados en el Código Penal (C.P.) que hacen relación a los delitos de los trabajadores.
- Haber sido víctima de delitos en lo que haya habido un componente racial, antisemita o cualquier otra discriminación que haga referencia a la ideología, creencias que tenga la víctima, religión, raza, la orientación sexual, la minusvalía o la enfermedad que padezca.
- Haber sido víctima de delitos que están recogidos en el código penal y son los que tiene una clasificación que tiene que ver con los de violencia de género (los que tiene lugar dentro del seno de la pareja). Anteriormente era necesario una sentencia firme condenatoria pero actualmente con la denuncia es más que suficiente para acreditar.
- Para los casos en los que el extranjero solicitante sufriese una enfermedad de notable importancia la cual requiera de una asistencia sanitaria específica, y que en todo caso no sea accesible en su país de origen, y para el caso de que esa asistencia sanitaria sea interrumpida o no recibida pueda traducirse en un grave riesgo para la salud y hasta llegar a acabar con la vida.
Preguntas Frecuentes sobre la Solicitud de Arraigo
¿Cómo se puede solicitar la residencia por arraigo?
Hay dos formas de hacerlo:
- Forma telemática: a través de MERCURIO mediante certificado electrónico enviando todos los documentos a la sede de extranjería correspondiente en Internet.
- A través de un abogado.
- De forma presencial (muy difícil porque no están dando citas en Extranjería).
¿Cuánto tiempo tardaré en conseguir la residencia por arraigo social?
Desde que presentas la solicitud hasta la resolución lo normal es que se tarde entre 3 a 4 meses.
¿Qué tipos de arraigo hay en España?
Arraigo por Formación
El arraigo para la formación (en vigor desde el 16 de agosto de 2022) se concederá inicialmente por 12 meses. Permite a aquellos que han vivido dos años en España regularizar su situación si se forman, medida que busca cubrir puestos poco demandados.
Arraigo Social
La puede solicitar el extranjero que haya permanecido una duración mínima de 3 años, que cuente con una oferta de contrato y fundamente algún lazo familiar de primer grado con extranjeros ya residentes en territorio español o lo fundamente con un informe de arraigo social (de inserción social).
Arraigo Laboral
La puede solicitar el extranjero que haya subsistido en territorio español al menos una duración de 24 meses y pueda documentar y acreditar una relación de trabajo con una duración que no sea menor a seis meses.
Arraigo Familiar
Está destinado a los extranjeros que sean descendientes de progenitor (madre o padre) que tenga la nacionalidad española o también sea madre o padre de un menor que sea poseedor de la nacionalidad española.
No te preocupes más y déjalo En Manos De Expertos
Porque Lidiar con la burocracia española puede ser una pesadilla, especialmente cuando se trata de obtener la nacionalidad española, legalizar tu situación aquí o renovar papeles.
Somos Expertos en Extranjería y defendemos tus derechos y tus intereses.
¡Llámanos o Escríbenos por Whatsapp!