Tarjeta Comunitaria
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Tarjeta Comunitaria ¡Te ayudamos a obtener tu tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión europea!
Especialistas en tarjeta comunitaria. Como despacho de Abogado Extranjería en Madrid, contamos con expertos con años de experiencia sólida y conocimientos profundos en trámites de tarjeta comunitaria. Nuestro compromiso es brindar asesoramiento personalizado y soluciones legales efectivas para que aquellos ciudadanos comunitarios y sus familiares que desean establecerse en España.
Ofrecemos un servicio integral para la solicitud de NIE comunitario, tanto la tarjeta inicial de residencia de familiar de ciudadano de la UE como la tarjeta comunitaria permanente.
Queremos facilitarte el proceso y garantizar que cada paso sea llevado a cabo de manera eficiente y conforme a la normativa vigente.
Así que, si estás pensando en solicitar la tarjeta comunitaria por ser familiar de un ciudadano comunitario, podemos ayudarte a obtener el permiso de residencia en España. ¿llama hoy mismo para asesorarte con un abogado experto en residencia comunitario.
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¿Qué es la Tarjeta Comunitaria?
Mucha gente se pregunta qué es la tarjeta comunitaria y si pueden pedirla por tener familia en España.
En esta página vamos a intentar aclararte los aspectos clave sobre el régimen y la tarjeta comunitario cómo comúnmente se conoce diferenciando entre:
- Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión o residencia por familiar comunitario.
- Certificado de Residencia Permanente de Ciudadano de la Unión Europea.
La tarjeta comunitaria consiste en un permiso de residencia temporal que puede ser solicitado tanto por los familiares de un ciudadano español o también los familiares de cualquier extranjero que haya conseguido la nacionalidad española o tenga la nacionalidad de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, siempre que se cumplan los requisitos que más abajo explicamos con detenimiento. Tiene validez de cinco años y autoriza a trabajar en el caso de que titular sea una persona adulta en edad de trabajar.
Mientras que el certificado de residencia permanente de ciudadano de la Unión Europea se otorga a los ciudadanos de la UE o EEE que han residido legalmente en España durante un período continuo de 5 años o más.
El certificado es permanente y no requiere renovación, ya el permiso de residencia familiar comunitario, sí, hay que renovarlo y con la renovación se obtiene una tarjeta de residencia comunitario permanente.
¿Qué pueden nuestros abogados especialistas en trámites de tarjeta comunitaria hacer por ti?
Un historial de éxito en trámites de residencia para familiares europeos respalda nuestra dedicación y compromiso. Como abogados expertos en trámites de tarjeta de familiar comunitario, ofrecemos una variedad de servicios a nuestros clientes:
Asesoramiento personalizado: adaptamos nuestros servicios a las necesidades individuales de cada cliente ya que para nosotros cada cliente es único. Pondremos nuestra experiencia a tu disposición para proporcionarte un asesoramiento legal sólido y estrategias efectivas para tu caso.
Preparación de documentos: Te ayudaremos a preparar y presentar todos los documentos necesarios para el trámite del NIE comunitario. Esto incluye la solicitud, pruebas de relación familiar, pruebas de recursos económicos, entre otros.
Seguimiento del caso: Mantendremos un seguimiento constante de tu caso y te mantendremos informado sobre su progreso hasta que obtengas tu tarjeta. Estaremos pendientes de cualquier requerimiento por parte de extranjería para contestarlo a tiempo y evitar retrasos o denegaciones.
Apelaciones: En caso de que la solicitud sea denegada, nuestros especialistas pueden ayudarte a apelar la decisión.
Asesoría para obtención de visado familiar comunitario
Te guiamos en la solicitud del visado, aunque estés en tu país de origen.
Nuestros abogados especialistas en tarjeta comunitaria están comprometidos a proporcionarte un servicio de alta calidad, a un precio asequible para ayudarte a obtener el NIE comunitario.
Requisitos para solicitar la tarjeta comunitaria o tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión
Los familiares de un ciudadano español o también de cualquier otro país que sea parte de la Unión Europea, o que se encuentre suscrito al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o el país de Suiza, también tendrán derecho a residir en España con carácter permanente.
¿Qué familiares pueden solicitar la tarjeta comunitaria?
- El cónyuge, no vale el caso en el que se hayan separado, divorciado o anulado el matrimonio.
- La persona con la que se tenga una relación similar a la conyugal, nos referimos a las parejas de hecho que se inscriben en el Registro Público, y siempre que siga vigente dicha unión, es decir no se haya anulado o cancelado dicha inscripción. Dicha inscripción deberá ser totalmente acreditada.
- Los hijos, también entran en esta clasificación los descendientes directos de la pareja, ya sea cónyuge o de la pareja de hecho. Tienen que ser menores de 21 años, para el caso de que sean mayores de esa edad tiene que acreditar que convivan bajo su cargo o sean incapaces. Y para dejar claro, «estar a cargo de» se refiere a aquellos familiares que dependen económicamente del familiar para poder tener cubiertas las necesidades básicas.
- Los padres, del mismo modo que en el apartado anterior, también entran los ascendientes directos de la pareja, ya sea cónyuge o de la pareja de hecho. Siempre y cuando no se haya disuelto el matrimonio, ni se hayan divorciado ni se haya cesado la convivencia de la pareja de hecho.
- Los familiares que se encuentren en el país de origen y que se encuentran a cargo del ciudadano de la Unión Europea, en este caso hay que documentar el requisito de la dependencia económica.
- Los familiares que se encuentren en una situación de salud grave o en la situación de discapacidad que obligan al ciudadano de la Unión a hacerse cargo personal de ese familiar.
- La pareja actual con la que mantenga una relación no inscrita como pareja de hecho, debiendo acreditar perfectamente la existencia de una relación duradera.
¿Cuáles son los países que pertenecen al ámbito de aplicación para la tarjeta comunitaria?
Todos los estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, R. Checa, Rumanía, Suecia y Suiza.
Otros requisitos para tarjeta comunitaria
El permiso de residencia de familiar de ciudadano de la unión europea está regulado por: el Real Decreto 240/2007, la Orden PRE/1490/2012 y la Directiva 2004/38/CE. Estas leyes establecen los requisitos para la entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares.
Para obtener la tarjeta de residencia temporal como familiar de un ciudadano comunitario, se deben cumplir ciertos requisitos:
En primer lugar, debes ser familiar directo de un ciudadano de la UE, EEE o Suiza, o estar casado con uno.
En segundo lugar, debes demostrar que convives con el mismo.
En tercero lugar, el ciudadano europeo debe acreditar que dispone de medios económicos suficientes para el y su familia. Puede ser recurso propio o estar trabajando por conta propia o ajena.
En cuarto lugar, el ciudadano de la UE debe contar con un seguro de enfermedad que puede ser seguro médico privado o publica (asistencia sanitaria de la seguridad social).
Por último, ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional.
Documentación necesaria para realizar la solicitud de tarjeta comunitaria
Por regla general, para realizar cualquier solicitud de permiso de residencia ante Extranjería es necesario presentar cierta documentación. Para el trámite de tarjeta de residencia familiar comunitario, el solicitante debe aportar:
- Formulario de solicitud modelo (EX–19), cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano comunitario.
- Pasaporte valido, copia de todas las hojas y el original. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
- Certificado de empadronamiento
- DNI o certificado de registro de ciudadano europeo
- Documentación que acredita la existencia de vínculo familiar
- Prueba de recursos económicos del ciudadano de la UE.
- Tres fotografías tamaño carné.
- Tasa modelo 790 Código 012 abonado y firmado por el solicitante.
Cómo demostrar la existencia de vínculo familiar?
Se puede probar la existencia del vínculo familiar con los siguientes documentos:
Cónyuge o pareja de hecho
- Certificado de matrimonio o registro de pareja de hecho.
Pareja no registrada
- documentación acreditativa de que constituyen una pareja estable que atestigua la existencia de un vínculo duradero, así como justificación del tiempo de convivencia marital o, en su caso, certificado de nacimiento de la descendencia en común.
Hijos mayores de 21 años del ciudadano de la Unión o del EEE o de su cónyuge o pareja de hecho
- documentación acreditativa de la dependencia económica: envío de dinero, transferencias bancarias
- Acta de nacimiento
Hijo menor de edad y que no reside en España con los dos progenitores
- Certificado de nacimiento
- Documento que acredita que el hijo es dependiente del ciudadano de la Unión.
Padres o suegros del ciudadano comunitario
- Acreditación de condición de familiar a cargo: transferencias bancarias, facturas de envío de dinero por Ria, Western Unión, etc.
Otros familiares
- Documento que prueba el parentesco
- Justificativa de dependencia económica
- Prueba documental de problemas de salud grave o discapacidad
¡Atención! La documentación debe estar traducida al castellano, legalizada o apostillada por las autoridades correspondientes del país emisor.
¿Qué documentos hay que aportar para acreditar medios económicos suficientes?
Si el que reagrupa es un trabajador por cuenta ajena: podrá aportar el contrato de trabajo, el alta en la Seguridad Social o declaración de contratación del empleador o certificado de empleo.
En cambio, si trabaja por cuenta propia: tendrá que presentar la inscripción en el Censo de Actividades económicas, registro de inscripción del negocio o el alta en la SS.
Por otra parte, si no se ejerce actividad laboral en España deberá aportar: póliza de seguro médico privado, o documento acreditativo del derecho a asistencia sanitaria pública. Se podrá acreditar medios de vidas con, extracto bancario, título de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de créditos acompañado de certificado bancario que acredite el montante disponible en la tarjeta.
Ahora bien, si se trata de un estudiante deberá presentar la siguiente documentación: matrícula del centro de enseñanza, póliza de seguro médico privado o tarjeta sanitaria europea, declaración responsable de que dispone de medios de vida suficientes para sí y la familia. Documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores.
Expertos en tarjeta familiar comunitario
Si necesitas ayuda con la obtención de la tarjeta comunitaria o con cualquier otro trámite de extranjería contacta con nosotros a través del WhatsApp o llámanos y estaremos encantados de atenderte.
Procedimiento de solicitud de NIE comunitario
Primeramente, el solicitante y el ciudadano comunitario debes asegurar de cumplir con los requisitos exigidos, luego reunir toda la documentación necesaria para realizar la solicitud.
Una vez que tenga reunido toda la documentación correspondiente, el familiar del ciudadano de la Unión, personalmente debe solicitar el NIE comunitario.
¿Dónde se hace la solicitud? La solicitud se hace ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde está empadronado el europeo o en la Comisaría de Policía correspondiente.
Actualmente, se puede hacer la solicitud por dos vías:
- Presencial con cita previa.
- telemáticamente a través de la plataforma Mercurio con Certificado Digital. De hecho, esta es la forma más simple y rápida de presentar la solicitud, además en algunas provincias como Madrid, esta es la única forma de realizar la solicitud.
¿Cuánto tiempo tarda la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE?
El tiempo de procesamiento para la residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea (UE) puede variar según la oficina de extranjería y la carga de trabajo en ese momento. En circunstancias normales, el tiempo de resolución debería ser de tres meses desde la entrada en España, pero actualmente en la mayoría de las provincias esta tardando hasta seis meses.
De todas formas, no hay que preocupar mucho por la demora ya que cuando se hace la solicitud, entregan al solicitante un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud y con eso puede acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.
Mi familiar es español, debo solicitar la tarjeta comunitario o el arraigo familiar?
En realidad, no hay ninguna ley que impida solicitar uno u otro, eso sí, tendrías que mirar cual de los dos se adapta mejor a tu situación.
La reforma del reglamento de extranjería introdujo una serie de modificaciones en los procedimientos de extranjería. En lo que respecta al arraigo, se estableció que los familiares de españoles tienen derecho a solicitar el Arraigo Familiar. Por familiares se entiende: padre o madre, o tutor, de un menor de nacionalidad española; cónyuge o pareja de hecho acreditada; ascendientes mayores de 65 años, o menores de 65 años a cargo; hijos menores de 21 años, o mayores de 21 años a cargo; y hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Aunque establece que los familiares de españoles tienen derecho a obtener la residencia por arraigo familiar, no estás obligado a solicitarlo. No obstante, si eres ascendiente (mayor o menor de 65 años) o descendiente (mayor de 21 años) de un española, lo mejor sería solicitar el arraigo familiar ya que no exigirán acreditar que vives a expensas del ciudadano español.
Igualmente, si eres cónyuge o pareja de hecho de un español, puedes solicitar el arraigo familiar porque tampoco hay que acreditar medios económicos suficientes, ni hay que presentar una póliza de seguro privado o pública. Eso sí tendrás que presentar el certificado de antecedentes penales del país dónde hayas residido los últimos 5 años.
Te recomendamos que consultes con un experto en extranjería para que te asesore según tu situación personal.
Obtener tarjeta comunitaria por matrimonio
Matrimonio con un ciudadano español celebrado en el extranjero
Antes de empezar con el trámite para obtener el NIE comunitario, debes asegurar que el matrimonio celebrado en el exterior sea válido en España. En otras palabras, para que el matrimonio tenga efecto legal en España, deberás realizar la inscripción en el Registro Civil Central de Madrid, por ejemplo, o en el Registro Civil Consular español en el país donde hayas celebrado la unión.
Aprobado la unión, tendrás que hacer los trámites necesarios para obtener el Certificado Literal de Matrimonio y el Libro de familia.
Con el matrimonio reconocido legalmente en España, debes solicitar el visado familiar comunitario para poder reagrupar al cónyuge extranjero. Llegado a España habría que solicitar tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión ante las autoridades competentes.
Solicitar visado familiar comunitario en el país de origen
El cónyuge extranjero para poder entrar en España debe solicitar el visado familiar comunitario en la Oficina Consular española en cuya demarcación resida.
Deberá presentar lo siguiente:
- Formulario de solicitud de visado Schengen.
- 1 fotografía reciente, tipo carnet.
- Pasaporte válido y en vigor (copia y original).
- Libro de Familia español (original y copia)
- Certificado Literal de Matrimonio
- Acta notarial de manifestaciones otorgada en los últimos 12 meses donde conste de manera fehaciente la voluntad del ciudadano de la UE de que sus familiares le acompañen o se reúnan con él.
- Prueba de residencia en la demarcación consular: Original y copia del documento de identidad vigente.
Puede que la Oficina Consular presente en el país del cónyuge extracomunitario, requiere otros documentos, por eso es necesario informarte bien antes de presentar la documentación.
¿Cómo mantener la residencia comunitaria tras el divorcio?
Mantener el estatus de familiar comunitaria tras el divorcio puede ser un desafío, pero es posible. Primero, es crucial entender que la residencia no se pierde automáticamente después de un divorcio.
Así pues, para conservar la residencia el matrimonio debe como mínimo haber durado 3 años antes del inicio del procedimiento de divorcio, y tienes que haber residido en el país durante al menos un año con tu cónyuge.
Del mismo modo, puedes preservar la residencia si tuvieras hijos con tu pareja y te hubiesen otorgado la custodia o derecho de visita al hijo menor, o si durante tu matrimonio hubieras sufrido violencia de genero por parte de tu pareja.
Es importante notificar el divorcio o separación a extranjería en un plazo de 3 meses para poder mantener tu estatus de residente de familiar comunitario.
Te recomendamos que consultes con un experto en extranjería para obtener asesoramiento personalizado según tu situación específica.
¿Cuándo se obtiene la tarjeta de residencia comunitaria permanente?
Al contrario de lo que muchos piensan, no se obtiene la residencia comunitario permanente desde la primera concesión. La residencia comunitaria inicial tiene una validez de 5 años y debe ser renovada al finalizar este período.
Tras la renovación, si se ha residido legalmente y de manera continuada durante 5 años en España, se puede solicitar la Tarjeta de Residencia Comunitaria Permanente. Este documento acredita el derecho de residencia permanente en España y ofrece ventajas como la posibilidad de trabajar en igualdad de condiciones que los españoles.
Recuerda, la obtención de la tarjeta permanente no es automática, debe solicitarse en la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía de la provincia donde resides.
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Preguntas Frecuentes
El fallecimiento del ciudadano de la UE o del EEE no implica perdida automática del derecho a la residencia de los miembros de su familia.
Así que, puedes mantener tu derecho a la residencia, siempre y cuando hayas residido con el ciudadano comunitario en España antes de su fallecimiento. Eso sí tendrás que notificar el fallecimiento a extranjería, por escrito y presentando el certificado de defunción.
La respuesta es: ¡más o menos! Seamos claros, para obtener la residencia de familiar comunitario primero el ciudadano de la UE y tú tenéis que cumplir ciertos requisitos, principalmente probar la existencia del vínculo familiar.
Por otro lado, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, lo obtienes estando en territorio español, eso quiere decir que, primero tienes que venir a España. Para ello, debes solicitar un Visado de Familiar de Comunitario en tu país. Una vez que este visado sea concedido, puedes entrar a España y luego solicitar la residencia Comunitario.
Teóricamente debería tardar máximo tres meses, pero en la realidad, están tardando entre 3 a 7 meses desde la presentación de la solicitud. Como ya habíamos mencionado, depende de varios factores como la carga de trabajo de las oficinas de Extranjería y de la Provincia dónde resides
Sí, si tienes una residencia comunitaria, puedes solicitar la nacionalidad española. Normalmente para acceder a la nacionalidad española por residencia, se requiere que el solicitante resida en España como máximo 10 años, de forma legal y continuada e inmediatamente anterior a la petición. En el caso de haber obtenido la residencia comunitaria por matrimonio con un español, con solo 1 año de residencia legal en España puedes solicitar la ciudadanía española.
Sí, puedes trabajar con la TFC. A diferencia de las otras autorizaciones de residencia, en esta no se especifica la autorización de trabajo, pero tampoco dice que no se puede trabajar. Los titulares de esta tarjeta pueden desarrollar una actividad laboral por cuenta propia o ajena, siempre que no lo obtuvieron bajo la situación dependencia económica del ciudadano comunitario. Al trabajar desaparecería esa situación de familiar a cargo y tendrías que modificar la tarjeta de residencia.
certificado de registro de ciudadano de la unión
Si eres ciudadano que perteneces a algún Estado miembro de la Unión Europea o de cualquier otro Estado que se encuentre entre los que constituyen el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y vas a residir por un tiempo superior a los tres meses, estás obligado a solicitar de manera personal ante la sede u Oficina de Extranjeros de la provincia en la que te encuentres empadronado o en la que pretendas establecer tu residencia. Para algunos casos puntuales, se puede gestionar todo ante la Comisaría de Policía que le corresponda, y ahí llevar a cabo la inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
Hay que recordar que se tiene un plazo de tres meses desde el momento que se entró en territorio español, y en el momento en el que se inscribe de forma inmediata le proporcionan un certificado de registro en el que aparecerán nombre, nacionalidad y localización del extranjero registrado, su NIE (número de identidad de extranjero), además de la fecha de registro.
¿Quién Tiene Derecho Al Certificado De Residencia Permanente De Ciudadano De La UE?
Tendrán derecho a residir en España con carácter permanente los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, de un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza y que actualmente son los siguientes por orden alfabético:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, R. Checa, Rumanía, Suecia, Suiza.
¿Cuál Es La Vigencia Del Certificado De La Unión?
Según el Art. 10 Real Decreto 240/2007, después de que el extranjero haya permanecido de forma regular en España, al menos durante un tiempo prolongado de cinco años, solicitándolo el mismo extranjero, se le proporcionará un certificado que le da el derecho a residir de manera permanente.
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