Abogado Tarjeta Comunitaria
¿Sabias que la tarjeta comunitaria tiene validez de 5 años y que al renovarlo obtienes un tarjeta de residencia permanente?
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Abogados tarjeta comunitaria Parla
Somos expertos en tarjeta comunitaria. Como despacho de Abogado Extranjería en Parla, contamos con especialistas con experiencia sólida y conocimientos profundos en trámites de tarjeta comunitaria. Nuestro compromiso es brindar asesoramiento personalizado y soluciones legales efectivas para que aquellos ciudadanos comunitarios y sus familiares que desean establecerse en España.
Proporcionamos un servicio completo para la solicitud del NIE comunitario, tanto para la tarjeta inicial de residencia de familiar de ciudadano de la UE como para la tarjeta comunitaria permanente.
Nuestra meta es simplificar el proceso y asegurar que cada paso se realice de manera eficiente y de acuerdo con la normativa actual.
Por lo tanto, si estás considerando solicitar la tarjeta comunitaria como familiar de un ciudadano comunitario, podemos ayudarte a obtener el permiso de residencia en España. No dudes en llamarnos hoy mismo para recibir asesoramiento de un abogado experto en tarjeta comunitaria.
Abogados expertos en Tarjeta Comunitaria en Parla
¿Eres familiar de un ciudadano comunitario y quieres obtener la tarjeta Comunitara?
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¿Qué es la Tarjeta Comunitaria?
La tarjeta comunitaria es un permiso de residencia temporal que pueden solicitar tanto los familiares de un ciudadano español como los familiares de cualquier extranjero que haya adquirido la nacionalidad española o la de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos que explicaremos en detalle más adelante. Este permiso tiene una validez de cinco años y permite trabajar si el titular es una persona en edad laboral.
El permiso de residencia familiar comunitario requiere renovación y, con dicha renovación, se obtiene una tarjeta de residencia comunitaria permanente.
Abogados expertos en trámites de tarjeta comunitaria
Orientación personalizada
Ajustamos nuestros servicios a las necesidades específicas de cada cliente, ya que consideramos que cada cliente es único.
Recursos
Si la solicitud es rechazada, nuestros expertos en tarjeta comunitaria pueden asistirte en la apelación de la decisión.
Preparación de documentos
Te asistiremos en la preparación y presentación de todos los documentos requeridos para el trámite del NIE comunitario.
Solicitud de Visa
Asesoramiento en la solicitud del visado familiar comunitario, incluso si te encuentras en tu país de origen.
Seguimiento de la solicitud
Realizaremos un seguimiento continuo de tu caso y te mantendremos al tanto de su avance hasta que consigas tu tarjeta.
Abogados económicos
Precios asequibles y facilidad de pago
Nuestros letrados expertos en tarjeta comunitaria están dedicados a ofrecerte un servicio de primera calidad, a un precio razonable, para asistirte en la obtención del NIE comunitario.
Familiares que pueden solicitar la tarjeta comunitaria
- El cónyuge, no vale el caso en el que se hayan separado, divorciado o anulado el matrimonio.
- La persona con la que se tenga una relación similar a la conyugal, nos referimos a las parejas de hecho que se inscriben en el Registro Público, y siempre que siga vigente dicha unión, es decir no se haya anulado o cancelado dicha inscripción. Dicha inscripción deberá ser totalmente acreditada.
- Los hijos, también entran en esta clasificación los descendientes directos de la pareja, ya sea cónyuge o de la pareja de hecho. Tienen que ser menores de 21 años, para el caso de que sean mayores de esa edad tiene que acreditar que convivan bajo su cargo o sean incapaces. Y para dejar claro, «estar a cargo de» se refiere a aquellos familiares que dependen económicamente del familiar para poder tener cubiertas las necesidades básicas.
- Los padres, del mismo modo que en el apartado anterior, también entran los ascendientes directos de la pareja, ya sea cónyuge o de la pareja de hecho. Siempre y cuando no se haya disuelto el matrimonio, ni se hayan divorciado ni se haya cesado la convivencia de la pareja de hecho.
- Los familiares que se encuentren en el país de origen y que se encuentran a cargo del ciudadano de la Unión Europea, en este caso hay que documentar el requisito de la dependencia económica.
- Los familiares que se encuentren en una situación de salud grave o en la situación de discapacidad que obligan al ciudadano de la Unión a hacerse cargo personal de ese familiar.
- La pareja actual con la que mantenga una relación no inscrita como pareja de hecho, debiendo acreditar perfectamente la existencia de una relación duradera.
Requisitos NIE comunitario (Tarjeta Comunitario)
El derecho de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea se rige por el Real Decreto 240/2007, la Orden PRE/1490/2012 y la Directiva 2004/38/CE. Estos reglamentos definen los criterios para la entrada, libre movimiento y residencia en España de los ciudadanos de la Unión Europea y sus parientes.
Para conseguir la tarjeta de residencia temporal como pariente de un ciudadano comunitario, es necesario cumplir con ciertas condiciones:
- Debes ser un pariente directo de un ciudadano de la UE, EEE o Suiza, o estar casado con uno.
- Demostrar que vives con él.
- Ciudadano europeo debe demostrar que tiene suficientes recursos económicos para él y su familia. Puede ser un recurso propio o estar trabajando por cuenta propia o ajena.
- El ciudadano de la UE debe tener un seguro de salud, que puede ser un seguro médico privado o público (asistencia sanitaria de la seguridad social).
- Finalmente, debes ser estudiante y estar inscrito en un centro educativo público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para realizar estudios o formación profesional.
Documentación para solicitar la tarjeta comunitaria
Como norma general, para llevar a cabo cualquier solicitud de permiso de residencia ante Extranjería, se requiere presentar determinada documentación. Para el procedimiento de tarjeta de residencia familiar comunitario, el solicitante debe proporcionar:
- Formulario de solicitud modelo (EX–19), cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano comunitario.
- Pasaporte valido, copia de todas las hojas y el original. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
- Certificado de empadronamiento
- DNI o certificado de registro de ciudadano europeo
- Documentación que acredita la existencia de vínculo familiar
- Prueba de recursos económicos del ciudadano de la UE.
- Tres fotografías tamaño carné.
- Tasa modelo 790 Código 012 abonado y firmado por el solicitante.
Cómo demostrar la existencia de vínculo familiar?
Se puede probar la existencia del vínculo familiar con los siguientes documentos:
Cónyuge o pareja de hecho
- Certificado de matrimonio o registro de pareja de hecho.
Pareja no registrada
- documentación acreditativa de que constituyen una pareja estable que atestigua la existencia de un vínculo duradero, así como justificación del tiempo de convivencia marital o, en su caso, certificado de nacimiento de la descendencia en común.
Hijos mayores de 21 años del ciudadano de la Unión o del EEE o de su cónyuge o pareja de hecho
- documentación acreditativa de la dependencia económica: envío de dinero, transferencias bancarias
- Acta de nacimiento
Hijo menor de edad y que no reside en España con los dos progenitores
- Certificado de nacimiento
- Documento que acredita que el hijo es dependiente del ciudadano de la Unión.
Padres o suegros del ciudadano comunitario
- Acreditación de condición de familiar a cargo: transferencias bancarias, facturas de envío de dinero por Ria, Western Unión, etc.
Otros familiares
- Documento que prueba el parentesco
- Justificativa de dependencia económica
- Prueba documental de problemas de salud grave o discapacidad
¡Atención! La documentación debe estar traducida al castellano, legalizada o apostillada por las autoridades correspondientes del país emisor.
¿Cómo acreditar medios económicos suficientes?
Si el europeo es un empleado: puede presentar el contrato de trabajo, el alta en la Seguridad Social, la declaración de contratación del empleador o el certificado de empleo.
Por otro lado, si es autónomo: deberá presentar la inscripción en el Censo de Actividades Económicas, el registro de inscripción del negocio o el alta en la Seguridad Social.
Así mismo, si no se realiza ninguna actividad laboral en España, deberá proporcionar: una póliza de seguro médico privado, o un documento que acredite el derecho a la asistencia sanitaria pública. Podrá acreditar medios de vida con extracto bancario, título de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito acompañadas de un certificado bancario que acredite el saldo disponible en la tarjeta.
Por último, si es un estudiante, deberá presentar la siguiente documentación: matrícula del centro de enseñanza, póliza de seguro médico privado o tarjeta sanitaria europea, declaración responsable de que dispone de medios de vida suficientes para sí y su familia. Documentación que acredite su participación en un programa de la Unión Europea que promueva el intercambio educativo para estudiantes y profesores.
Expertos en tarjeta familiar comunitario
Si necesitas ayuda con la obtención de la tarjeta comunitaria o con cualquier otro trámite de extranjería contacta con nosotros a través del WhatsApp o llámanos y estaremos encantados de atenderte.
Proceso de solicitud de NIE comunitario
Primeramente, el solicitante y el ciudadano comunitario debes asegurar de cumplir con los requisitos exigidos, luego reunir toda la documentación necesaria para realizar la solicitud.
Una vez que tenga reunido toda la documentación correspondiente, el familiar del ciudadano de la Unión, personalmente debe solicitar el NIE comunitario.
¿Dónde se hace la solicitud? La solicitud se hace ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde está empadronado el europeo o en la Comisaría de Policía correspondiente.
Actualmente, se puede hacer la solicitud por dos vías:
- Presencial con cita previa.
- telemáticamente a través de la plataforma Mercurio con Certificado Digital. De hecho, esta es la forma más simple y rápida de presentar la solicitud, además en algunas provincias como Madrid, esta es la única forma de realizar la solicitud.
¿Cuánto tiempo tarda la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE?
El tiempo de procesamiento para la residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea (UE) puede variar según la oficina de extranjería y la carga de trabajo en ese momento. En circunstancias normales, el tiempo de resolución debería ser de tres meses desde la entrada en España, pero actualmente en la mayoría de las provincias esta tardando hasta seis meses.
De todas formas, no hay que preocupar mucho por la demora ya que cuando se hace la solicitud, entregan al solicitante un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud y con eso puede acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.
¿Cuál debo solicitar, solicitar la tarjeta comunitario o el arraigo familiar?
En realidad, no hay ninguna ley que impida solicitar uno u otro, eso sí, tendrías que mirar cual de los dos se adapta mejor a tu situación.
La reforma del reglamento de extranjería introdujo una serie de modificaciones en los procedimientos de extranjería. En lo que respecta al arraigo, se estableció que los familiares de españoles tienen derecho a solicitar el Arraigo Familiar. Por familiares se entiende: padre o madre, o tutor, de un menor de nacionalidad española; cónyuge o pareja de hecho acreditada; ascendientes mayores de 65 años, o menores de 65 años a cargo; hijos menores de 21 años, o mayores de 21 años a cargo; y hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Aunque establece que los familiares de españoles tienen derecho a obtener la residencia por arraigo familiar, no estás obligado a solicitarlo. No obstante, si eres ascendiente (mayor o menor de 65 años) o descendiente (mayor de 21 años) de un española, lo mejor sería solicitar el arraigo familiar ya que no exigirán acreditar que vives a expensas del ciudadano español.
Igualmente, si eres cónyuge o pareja de hecho de un español, puedes solicitar el arraigo familiar porque tampoco hay que acreditar medios económicos suficientes, ni hay que presentar una póliza de seguro privado o pública. Eso sí tendrás que presentar el certificado de antecedentes penales del país dónde hayas residido los últimos 5 años.
Te recomendamos que consultes con un experto en extranjería para que te asesore según tu situación personal.
Tarjeta comunitaria por matrimonio
Matrimonio con un ciudadano español celebrado en el extranjero
Antes de empezar con el trámite para obtener el NIE comunitario, debes asegurar que el matrimonio celebrado en el exterior sea válido en España. En otras palabras, para que el matrimonio tenga efecto legal en España, deberás realizar la inscripción en el Registro Civil Central de Madrid, por ejemplo, o en el Registro Civil Consular español en el país donde hayas celebrado la unión.
Aprobado la unión, tendrás que hacer los trámites necesarios para obtener el Certificado Literal de Matrimonio y el Libro de familia.
Con el matrimonio reconocido legalmente en España, debes solicitar el visado familiar comunitario para poder reagrupar al cónyuge extranjero. Llegado a España habría que solicitar tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión ante las autoridades competentes.
La solicitud de visado familiar comunitario se hace en tu país de origen
El cónyuge extranjero para poder entrar en España debe solicitar el visado familiar comunitario en la Oficina Consular española en cuya demarcación resida.
Deberá presentar lo siguiente:
- Formulario de solicitud de visado Schengen.
- 1 fotografía reciente, tipo carnet.
- Pasaporte válido y en vigor (copia y original).
- Libro de Familia español (original y copia)
- Certificado Literal de Matrimonio
- Acta notarial de manifestaciones otorgada en los últimos 12 meses donde conste de manera fehaciente la voluntad del ciudadano de la UE de que sus familiares le acompañen o se reúnan con él.
- Prueba de residencia en la demarcación consular: Original y copia del documento de identidad vigente.
Puede que la Oficina Consular presente en el país del cónyuge extracomunitario, requiere otros documentos, por eso es necesario informarte bien antes de presentar la documentación.
¿Me quitan la residencia comunitario si me divorcio?
Sostener el estatus de familiar comunitario tras un divorcio puede ser un reto, pero es alcanzable. Es esencial saber que la residencia no se anula automáticamente después de un divorcio.
Para retener la residencia, el matrimonio debe haber durado al menos 3 años antes de comenzar el trámite de divorcio, y debes haber vivido en el país durante al menos un año con tu pareja.
Además, puedes mantener la residencia si tienes hijos con tu pareja y te han concedido la custodia o el derecho de visita al hijo menor. Igualmente, si has experimentado violencia de género durante tu matrimonio, también puedes conservar tu estatus de residente de familiar comunitario.
Es importante comunicar a extranjería sobre el divorcio o separación dentro de un plazo de 3 meses para poder mantener tu estatus legal.
Te aconsejamos que hables con un experto en extranjería para obtener asesoramiento personalizado según tu situación específica. No dudes en buscar apoyo profesional para asegurarte de cumplir con todos los requisitos y mantener tu residencia en España.
¿Cuándo se obtiene la tarjeta de residencia comunitaria permanente?
Al contrario de lo que muchos piensan, no se obtiene la residencia comunitario permanente desde la primera concesión. La residencia comunitaria inicial tiene una validez de 5 años y debe ser renovada al finalizar este período.
Tras la renovación, si se ha residido legalmente y de manera continuada durante 5 años en España, se puede solicitar la Tarjeta de Residencia Comunitaria Permanente. Este documento acredita el derecho de residencia permanente en España y ofrece ventajas como la posibilidad de trabajar en igualdad de condiciones que los españoles.
Recuerda, la obtención de la tarjeta permanente no es automática, debe solicitarse en la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía de la provincia donde resides.
certificado de registro de ciudadano de la unión
Si eres ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de cualquier otro Estado que forme parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y planeas residir por un período superior a tres meses, estás obligado a solicitar personalmente en la sede u Oficina de Extranjeros de la provincia donde estés empadronado o donde planees establecer tu residencia. En algunos casos específicos, se puede gestionar todo en la Comisaría de Policía correspondiente, y allí realizar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
Es importante recordar que tienes un plazo de tres meses desde el momento en que entraste en territorio español, y en el momento en que te inscribes de inmediato, te proporcionan un certificado de registro en el que aparecerán tu nombre, nacionalidad y ubicación del extranjero registrado, tu NIE (número de identidad de extranjero), además de la fecha de registro.
Certificado De Residencia Permanente De Ciudadano De La UE
Tendrán derecho a residir en España con carácter permanente los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, de un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza y que actualmente son los siguientes por orden alfabético:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, R. Checa, Rumanía, Suecia, Suiza.
¿Cuando caduca el Certificado De La Unión?
Según el Art. 10 Real Decreto 240/2007, después de que el extranjero haya permanecido de forma regular en España, al menos durante un tiempo prolongado de cinco años, solicitándolo el mismo extranjero, se le proporcionará un certificado que le da el derecho a residir de manera permanente.
Dónde Solicitar el Certificado de registro de ciudadano europeo en Parla
¡No es factible obtener el certificado de registro de ciudadano europeo en la comisaría de Parla! La única Comisaría de Policía Nacional en Madrid que se encarga del registro de los ciudadanos de la UE, es la de Padre Piquer, en La Latina. Este trámite es obligatorio para cualquier ciudadano de la UE que desee residir y trabajar de forma permanente en España.
Aquí te proporciono los pasos para solicitar una cita en la Comisaría de Policía Nacional de Padre Piquer:
En Línea: Accede a la Sede Electrónica de la Policía Nacional y agenda tu cita. Elige la opción “Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea”.
Prepara la siguiente Documentación:
- Formulario EX18: Completa y firma el formulario de inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Lo puedes obtener en línea.
- Pasaporte o DNI: Debes poseer tu pasaporte o documento de identidad vigente.
- Prueba de Residencia: Debes aportar volante de empadronamiento.
- Medios Económicos: Debes acreditar que cuentas con los recursos suficientes para vivir en el país.
- Tasa Modelo 790, Código 012, abonado y firmado.
Abogados de Extranjería en Parla
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Direcciones útiles
- Registro Civil: Avda. Juan Carlos I, 17, 28980 Parla.
- Ayuntamiento de Parla. Pl. de la Constitución, 1, 28981 Parla, Madrid
- CNP Parla: Av. de la Escuela Pública, 2, 28981 Parla, Madrid
- Oficina de Extranjería padre Piquer: Av. del Padre Piquer, 18, Latina, 28024 Madrid.
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