AbogadoTarjeta Comunitaria
El matrimonio en España con un ciudadano de la UE te da derecho a una tarjeta de residencia de familiar comunitario de 5 años.
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Abogado tarjeta comunitaria en Móstoles
Tarjeta Comunitaria: ¡Te ayudamos a obtener tu tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea!
Somos Abogado tarjeta comunitaria Móstoles. En nuestro despacho de Abogado Extranjería en Móstoles contamos con profesionales con amplia experiencia y conocimientos profundos en trámites de tarjeta familiar comunitaria. Nuestro compromiso es brindar asesoramiento personalizado y soluciones legales efectivas para que aquellos ciudadanos comunitarios y sus familiares que desean establecerse en España.
Proporcionamos un servicio completo para la tramitación de la tarjeta comunitaria, incluyendo tanto la tarjeta de residencia inicial para familiares de ciudadanos de la UE como la tarjeta comunitaria permanente.
Nuestro objetivo es simplificar el proceso y asegurar que cada etapa se realice de manera eficaz y en cumplimiento con la legislación actual.
Por lo tanto, si estás considerando solicitar la tarjeta comunitaria como familiar de un ciudadano de la UE, estamos aquí para ayudarte a obtener tu permiso de residencia en España. No dudes en contactarnos hoy mismo para recibir asesoramiento de nuestros abogados especializados en tarjetas comunitarias.
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Nuestro equipo de expertos en extranjería está comprometido en brindarte asesoramiento personalizado para la obtención de la tarjeta de familiar comunitario.
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¿Qué familiares pueden solicitar la tarjeta comunitaria?
- El cónyuge es elegible para la reagrupación familiar, a menos que el matrimonio haya sido anulado, divorciado o separado.
- Las parejas de hecho también son elegibles, siempre que estén inscritas en el Registro Público y dicha inscripción siga vigente. Es importante acreditar completamente esta inscripción.
- Los hijos, incluyendo los descendientes directos de la pareja, ya sea cónyuge o de la pareja de hecho, son elegibles si son menores de 21 años. Si son mayores de esa edad, deben acreditar que conviven bajo el cargo del solicitante o que son incapaces. “Estar a cargo de” se refiere a aquellos familiares que dependen económicamente del solicitante para cubrir sus necesidades básicas.
- Los padres, así como los ascendientes directos de la pareja, ya sea cónyuge o de la pareja de hecho, son elegibles siempre y cuando no se haya disuelto el matrimonio, ni se hayan divorciado ni se haya cesado la convivencia de la pareja de hecho.
- Los familiares que se encuentren en el país de origen y que estén a cargo del ciudadano de la Unión Europea son elegibles, en este caso es necesario documentar la dependencia económica.
- Los familiares que se encuentren en una situación de salud grave o en la situación de discapacidad que obligan al ciudadano de la Unión a hacerse cargo personal de ese familiar son elegibles.
- La pareja actual con la que se mantenga una relación no inscrita como pareja de hecho es elegible, siempre y cuando se pueda acreditar la existencia de una relación duradera.
Abogados especialistas en trámites de tarjeta familiar comunitaria en Móstoles
Un historial de éxito en trámites de residencia para familiares europeos respalda nuestra dedicación y compromiso. Como abogados expertos en trámites de tarjeta de familiar comunitario, ofrecemos una variedad de servicios a nuestros clientes:
Asesoramiento personalizado: adaptamos nuestros servicios a las necesidades individuales de cada cliente ya que para nosotros cada cliente es único. Pondremos nuestra experiencia a tu disposición para proporcionarte un asesoramiento legal sólido y estrategias efectivas para tu caso.
Preparación de documentos: Te ayudaremos a preparar y presentar todos los documentos necesarios para el trámite del NIE comunitario. Esto incluye la solicitud, pruebas de relación familiar, pruebas de recursos económicos, entre otros.
Seguimiento del caso: Mantendremos un seguimiento constante de tu caso y te mantendremos informado sobre su progreso hasta que obtengas tu tarjeta. Estaremos pendientes de cualquier requerimiento por parte de extranjería para contestarlo a tiempo y evitar retrasos o denegaciones.
Apelaciones: En caso de que la solicitud sea denegada, nuestros especialistas pueden ayudarte a apelar la decisión.
Asesoría para obtención de visado familiar comunitario
Te guiamos en la solicitud del visado, aunque estés en tu país de origen.
Nuestros abogados especialistas en tarjeta comunitaria están comprometidos a proporcionarte un servicio de alta calidad, a un precio asequible para ayudarte a obtener el NIE comunitario.
Requisitos para solicitar tarjeta comunitaria
El permiso de residencia de familiar de ciudadano de la unión europea está regulado por: el Real Decreto 240/2007, la Orden PRE/1490/2012 y la Directiva 2004/38/CE. Estas leyes establecen los requisitos para la entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares.
Para obtener la tarjeta de residencia temporal como familiar de un ciudadano comunitario, se deben cumplir ciertos requisitos:
En primer lugar, debes ser familiar directo de un ciudadano de la UE, EEE o Suiza, o estar casado con uno.
En segundo lugar, debes demostrar que convives con el mismo.
En tercero lugar, el ciudadano europeo debe acreditar que dispone de medios económicos suficientes para el y su familia. Puede ser recurso propio o estar trabajando por conta propia o ajena.
En cuarto lugar, el ciudadano de la UE debe contar con un seguro de enfermedad que puede ser seguro médico privado o publica (asistencia sanitaria de la seguridad social).
Por último, ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional.
Documentación necesaria para la solicitud de tarjeta comunitaria
Por regla general, para realizar cualquier solicitud de permiso de residencia ante Extranjería es necesario presentar cierta documentación. Para el trámite de tarjeta de residencia familiar comunitario, el solicitante debe aportar:
- Formulario de solicitud modelo (EX–19), cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano comunitario.
- Pasaporte valido, copia de todas las hojas y el original. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
- Certificado de empadronamiento
- DNI o certificado de registro de ciudadano europeo
- Documentación que acredita la existencia de vínculo familiar
- Prueba de recursos económicos del ciudadano de la UE.
- Tres fotografías tamaño carné.
- Tasa modelo 790 Código 012 abonado y firmado por el solicitante.
Cómo acreditarla existencia de vínculo familiar?
Se puede probar la existencia del vínculo familiar con los siguientes documentos:
Cónyuge o pareja de hecho
- Certificado de matrimonio o registro de pareja de hecho.
Pareja no registrada
- documentación acreditativa de que constituyen una pareja estable que atestigua la existencia de un vínculo duradero, así como justificación del tiempo de convivencia marital o, en su caso, certificado de nacimiento de la descendencia en común.
Hijos mayores de 21 años del ciudadano de la Unión o del EEE o de su cónyuge o pareja de hecho
- documentación acreditativa de la dependencia económica: envío de dinero, transferencias bancarias
- Acta de nacimiento
Hijo menor de edad y que no reside en España con los dos progenitores
- Certificado de nacimiento
- Documento que acredita que el hijo es dependiente del ciudadano de la Unión.
Padres o suegros del ciudadano comunitario
- Acreditación de condición de familiar a cargo: transferencias bancarias, facturas de envío de dinero por Ria, Western Unión, etc.
Otros familiares
- Documento que prueba el parentesco
- Justificativa de dependencia económica
- Prueba documental de problemas de salud grave o discapacidad
¡Atención! La documentación debe estar traducida al castellano, legalizada o apostillada por las autoridades correspondientes del país emisor.
¿Qué documentos hay que aportar para acreditar medios económicos suficientes?
Si el que reagrupa es un trabajador por cuenta ajena: podrá aportar el contrato de trabajo, el alta en la Seguridad Social o declaración de contratación del empleador o certificado de empleo.
En cambio, si trabaja por cuenta propia: tendrá que presentar la inscripción en el Censo de Actividades económicas, registro de inscripción del negocio o el alta en la SS.
Por otra parte, si no se ejerce actividad laboral en España deberá aportar: póliza de seguro médico privado, o documento acreditativo del derecho a asistencia sanitaria pública. Se podrá acreditar medios de vidas con, extracto bancario, título de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de créditos acompañado de certificado bancario que acredite el montante disponible en la tarjeta.
Ahora bien, si se trata de un estudiante deberá presentar la siguiente documentación: matrícula del centro de enseñanza, póliza de seguro médico privado o tarjeta sanitaria europea, declaración responsable de que dispone de medios de vida suficientes para sí y la familia. Documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores.
Expertos en trámite tarjeta familiar comunitario
Si necesitas ayuda con el trámite de la tarjeta comunitaria o con cualquier otro procedimiento de extranjería contacta con nosotros a través del WhatsApp o llámanos y estaremos encantados de atenderte.
Proceso de solicitud de NIE comunitario
Primeramente, el solicitante y el ciudadano comunitario debes asegurar de cumplir con los requisitos exigidos, luego reunir toda la documentación necesaria para realizar la solicitud.
Una vez que tenga reunido toda la documentación correspondiente, el familiar del ciudadano de la Unión, personalmente debe solicitar el NIE comunitario.
¿Dónde se hace la solicitud? La solicitud se hace ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde está empadronado el europeo o en la Comisaría de Policía correspondiente.
Actualmente, se puede hacer la solicitud por dos vías:
- Presencial con cita previa.
- telemáticamente a través de la plataforma Mercurio con Certificado Digital. De hecho, esta es la forma más simple y rápida de presentar la solicitud, además en algunas provincias como Madrid, esta es la única forma de realizar la solicitud.
¿Cuánto tiempo tarda la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE?
El tiempo de procesamiento para la residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea (UE) puede variar según la oficina de extranjería y la carga de trabajo en ese momento. En circunstancias normales, el tiempo de resolución debería ser de tres meses desde la entrada en España, pero actualmente en la mayoría de las provincias esta tardando hasta seis meses.
De todas formas, no hay que preocupar mucho por la demora ya que cuando se hace la solicitud, entregan al solicitante un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud y con eso puede acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.
Tarjeta comunitaria por matrimonio
Matrimonio con un ciudadano español celebrado en el extranjero
Antes de empezar con el trámite para obtener el NIE comunitario, debes asegurar que el matrimonio celebrado en el exterior sea válido en España. En otras palabras, para que el matrimonio tenga efecto legal en España, deberás realizar la inscripción en el Registro Civil de Móstoles, por ejemplo, o en el Registro Civil Consular español en el país donde hayas celebrado la unión.
Aprobado la unión, tendrás que hacer los trámites necesarios para obtener el Certificado Literal de Matrimonio y el Libro de familia.
Con el matrimonio reconocido legalmente en España, debes solicitar el visado familiar comunitario para poder reagrupar al cónyuge extranjero. Llegado a España habría que solicitar tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión ante las autoridades competentes.
Obtener Visado familiar comunitario
El cónyuge extranjero para poder entrar en España debe solicitar el visado familiar comunitario en la Oficina Consular española en cuya demarcación resida.
Deberá presentar lo siguiente:
- Formulario de solicitud de visado Schengen.
- 1 fotografía reciente, tipo carnet.
- Pasaporte válido y en vigor (copia y original).
- Libro de Familia español (original y copia)
- Certificado Literal de Matrimonio
- Acta notarial de manifestaciones otorgada en los últimos 12 meses donde conste de manera fehaciente la voluntad del ciudadano de la UE de que sus familiares le acompañen o se reúnan con él.
- Prueba de residencia en la demarcación consular: Original y copia del documento de identidad vigente.
Puede que la Oficina Consular presente en el país del cónyuge extracomunitario, requiere otros documentos, por eso es necesario informarte bien antes de presentar la documentación.
¿Cómo mantener la residencia comunitaria tras el divorcio?
Preservar el estatus de familiar comunitario después de un divorcio puede ser complicado, pero es posible. Es crucial entender que la residencia no se revoca automáticamente después de un divorcio.
Para mantener la residencia, el matrimonio debe haber durado al menos 3 años antes de comenzar el proceso de divorcio, y debes haber vivido en el país durante al menos un año con tu pareja.
Además, puedes mantener la residencia si tienes hijos con tu pareja y te han concedido la custodia o el derecho de visita al hijo menor. De igual manera, si has sido víctima de violencia de género durante tu matrimonio, también puedes conservar tu estatus de residente de familiar comunitario.
Es importante informar a extranjería sobre el divorcio o separación dentro de un plazo de 3 meses para poder preservar tu estatus legal.
Te sugerimos que te pongas en contacto con un experto en extranjería para obtener asesoramiento personalizado de acuerdo a tu situación específica. No dudes en buscar asistencia profesional para asegurarte de cumplir con todos los requisitos y mantener tu residencia en España.
Solicitar la Tarjeta comunitaria permanente
Contrariamente a la creencia popular, la residencia comunitaria permanente no se concede automáticamente desde el primer momento. La residencia comunitaria inicial tiene una duración de 5 años y debe ser renovada al final de este período.
Tras la renovación, si has vivido legalmente y de forma continua durante 5 años en España, puedes solicitar la Tarjeta de Residencia Comunitaria Permanente. Este documento certifica el derecho de residencia permanente en España y ofrece beneficios como la posibilidad de trabajar en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles.
Ten en cuenta que la adquisición de la tarjeta permanente no es automática; debes solicitarla en la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía de la provincia en la que vives.
¿Estás interesado en obtener la residencia comunitaria permanente? ¡Consulta con nuestros expertos en extranjería hoy mismo!
Preguntas Frecuentes sobre la residencia comunitaria
El fallecimiento del ciudadano de la UE o del EEE no implica perdida automática del derecho a la residencia de los miembros de su familia.
Así que, puedes mantener tu derecho a la residencia, siempre y cuando hayas residido con el ciudadano comunitario en España antes de su fallecimiento. Eso sí tendrás que notificar el fallecimiento a extranjería, por escrito y presentando el certificado de defunción.
Sí, si tienes una residencia comunitaria, puedes solicitar la nacionalidad española. Normalmente para acceder a la nacionalidad española por residencia, se requiere que el solicitante resida en España como máximo 10 años, de forma legal y continuada e inmediatamente anterior a la petición. En el caso de haber obtenido la residencia comunitaria por matrimonio con un español, con solo 1 año de residencia legal en España puedes solicitar la ciudadanía española.
Sí, puedes trabajar con la TFC. A diferencia de las otras autorizaciones de residencia, en esta no se especifica la autorización de trabajo, pero tampoco dice que no se puede trabajar. Los titulares de esta tarjeta pueden desarrollar una actividad laboral por cuenta propia o ajena, siempre que no lo obtuvieron bajo la situación dependencia económica del ciudadano comunitario. Al trabajar desaparecería esa situación de familiar a cargo y tendrías que modificar la tarjeta de residencia.
certificado de registro de ciudadano de la unión
Si eres ciudadano que perteneces a algún Estado miembro de la Unión Europea o de cualquier otro Estado que se encuentre entre los que constituyen el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y vas a residir por un tiempo superior a los tres meses, estás obligado a solicitar de manera personal ante la sede u Oficina de Extranjeros de la provincia en la que te encuentres empadronado o en la que pretendas establecer tu residencia. Para algunos casos puntuales, se puede gestionar todo ante la Comisaría de Policía que le corresponda, y ahí llevar a cabo la inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
Hay que recordar que se tiene un plazo de tres meses desde el momento que se entró en territorio español, y en el momento en el que se inscribe de forma inmediata le proporcionan un certificado de registro en el que aparecerán nombre, nacionalidad y localización del extranjero registrado, su NIE (número de identidad de extranjero), además de la fecha de registro.
¿Quién puede solicitar el Certificado De Residencia Permanente De Ciudadano De La UE?
Tendrán derecho a residir en España con carácter permanente los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea, de un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza y que actualmente son los siguientes por orden alfabético:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, R. Checa, Rumanía, Suecia, Suiza.
Sacar el Certificado de registro de ciudadano europeo En Móstoles
Los ciudadanos de un estado miembro de la Unión Europea o de otro estado parte en el acuerdo sobre el EEE que desean residir y trabajar en España deben solicitar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea. Este documento certifica tu inscripción en el registro central de Extranjeros.
En la Comisaría de Móstoles, no realizan este trámite, por lo que debes dirigirte a la Comisaría de Policía Padre Piquer, que es el lugar designado para tramitar el certificado de registro en la provincia de Madrid. Allí podrás presentar la solicitud y completar los trámites necesarios. Ten en cuenta que, en cualquier comisaría de Madrid para realizar cualquier trámite debes solicitar cita previa, de lo contrario no te atenderán.
Asegúrate de llevar contigo los siguientes documentos:
- Formulario EX – 18: Es la solicitud de inscripción en el Registro Central de Extranjeros para ciudadanos de la UE.
- Pasaporte o documento de identidad válido.
- Comprobante de residencia: Puede ser un contrato de alquiler, escritura de propiedad o cualquier otro documento que acredite tu dirección en Madrid.
- Contrato de trabajo
- Modelo 790 Código 012 abonado y firmado.
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- Registro Civil. Calle San Antonio, 4-6, 28931. Tel: 912760519.
- Ayuntamiento de Móstoles. Plaza de España, 1, 28934 Móstoles, Madrid. Tel: 916 64 75 00
- Oficina de Empleo de Móstoles: C. Daoiz, 17, 28931 Móstoles, Madrid. Tel: 910 78 34 54
- Comisaría Local de Policía Nacional de Móstoles. C. Granada, 9, 28935 Móstoles, Madrid. Tel: 913 22 43 51.
- Oficina de Extranjería padre Piquer: Av. del Padre Piquer, 18, Latina, 28024 Madrid.
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